Me he equivocado en una factura: ¿puedo borrarla o tengo que hacer una rectificativa?
No puedes borrar ni modificar una factura ya emitida. Si hay un error o una devolución, haces una factura rectificativa, con su propia serie, que hace referencia a la original y corrige el importe o los datos.
Una vez emitida y entregada, una factura no se borra ni se cambia. Si hay que corregirla, se hace una factura rectificativa.
Cuándo hacer una rectificativa:
- Error en el importe, el IVA o los datos obligatorios (NIF, nombre).
- Devolución o anulación total o parcial de la venta.
- Descuento o rappel posterior a la venta.
- Impago con recuperación del IVA (con procedimiento especial).
Qué debe llevar:
- Una serie propia para rectificativas (por ejemplo, R-2026-001).
- La referencia a la factura original (número y fecha).
- El motivo de la rectificación.
- El importe de la corrección: puede ser en negativo (por diferencias) o anular la original y emitir una nueva correcta.
Ejemplo: facturaste 1.000 € + IVA y el cliente devuelve material por 200 €. Haces una rectificativa por −200 € de base y −42 € de IVA, que restas en tu 303 del trimestre en que la emites.
Errores pequeños sin efecto fiscal (una errata en la dirección, por ejemplo): también se corrigen con rectificativa, aunque el importe no cambie.
Plazo: puedes rectificar en cuanto detectes el error, y siempre dentro de los cuatro años siguientes.
Error habitual: anular la factura en el programa y reutilizar su número. Eso deja un hueco o un duplicado en tu numeración, que es justo lo que Hacienda mira.
Estas respuestas son información general para orientarte, no asesoramiento para tu caso concreto. Las normas y las cifras cambian con frecuencia: antes de tomar una decisión, compruébalo con tu asesoría o gestoría.